Se trata de un plan de pensiones que permite disponer de un capital mÃnimo garantizado en el momento de la jubilación y de la posibilidad de acceder a las altas expectativas de rentabilidad invirtiendo en renta variable.
Prestaciones aseguradas
Percepción de la cuota parte del Fondo de Capitalización que corresponde al Asegurado, determinada en función de las aportaciones, como mÃnimo del capital garantizado por dichas aportaciones a la fecha de la Jubilación. En caso de Fallecimiento, Invalidez total y Permanente Invalidez Absoluta y Permanente, Gran Invalidez, Dependencia Severa o Gran Dependencia del Asegurado, se podrá percibir de la cuota parte del Fondo de Capitalización que corresponde al Asegurado, determinada en función de las aportaciones, en el momento de la contingencia, y como mÃnimo e capital garantizado por dichas aportaciones a la fecha de la contingencia.
Rescate total o parcial
Posibilidad de disponer anticipadamente, recibiendo al valor de mercado de las inversiones afectas al contrato, en caso de enfermedad grave o desempleo de larga duración del Asegurado, según la legislación vigente. En este caso, dicho valor de mercado no podrá ser inferior al capital mÃnimo garantizado por fallecimiento e invalidez en el mes en que se produzca.
Traspaso a otro PPA O PPI
El tomador del seguro podrá solicitar en cualquier momento el traspaso del Fondo de Capitalización acumulado a otro Plan de Previsión Asegurado o Plan de Pensiones Individual. La movilización por traspaso de dicho Fondo será liquidado al 100% del valor de mercado de los activos que lo respaldan en el momento de solicitud pudiendo darse una eventual diferencia entre el valor de mercado de os activos correspondientes y el importe del Fondo de Capitalización en ese momento. El Tomador podrá realizar movilizaciones parciales del valor de mercado de los activos que respaldan el Fondo de Capitalización, que quedará automáticamente reducido, la movilización total, rescindiéndose en tal caso la póliza de forma automática.
Condiciones de contratación:
- Edad mÃnima de contratación 18 años
- Edad Máxima de contratación 55 años
- Edad finalización del seguro a la fecha de jubilación
Primas máximas legales
- Hasta 50 años 10.000€
- Más de 50 años 12.500€
Ventajas fiscales.
Hasta 50 años la aportación máxima deducible es la cantidad menor de: 30% Rtos. Trabajo y Actividades económicas con un máximo de 10.000€ Con más de 50 años la aportación máxima deducibles es la cantidad menor del 50% Rtos. Trabajo y actividades económicas con un máximo de 12.500€